PRINCIPIOS DE  HUMANISMO INTEGRAL Y DOCTRINA SOCIAL CRISTIANA

_____José Gómez Cerda

CAPITULO XVII

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El Humanismo Integral y la Doctrina Social Cristiana tiene principios fundamentales, entre los que se pueden destacar los que se refieren a : La Persona Humana, la Libertad, la Sociedad, la Propiedad, el Trabajo, la Empresa, el Estado, las Sociedades Intermedias, la Justicia Social y el Bien Común.

 De esos principios vamos a analizar cuatro, de los más importantes, comprendiendo que, aunque no agotan todo el tema, traslucen aspectos importantes de la Doctrina . Esos principios son: La Persona Humana, el Trabajo, la Justicia Social y el Bien Común.

LA PERSONA HUMANA

 El principio fundamental del HUMANISMO INTEGRAL y  la Doctrina Social Cristiana es LA PERSONA HUMANA; cada uno de los seres humanos es el fundamento, el sujeto y el fin de toda la vida social.

DIGNIDAD DE LA PERSONA HUMANA

 La persona, dotada de inteligencia, razón y voluntad, genera deberes y derechos que deben ser inviolables.

 El hombre, compuesto de cuerpo material y alma espiritual, debe estar por encima de los animales, maquinarias y otros instrumentos materiales, porque el hombre ( género humano: hombre y mujer), está hecho a semejanza de Dios, además redimido por Jesucristo.

 “ Cada uno de los seres humanos es y debe ser... el sujeto de todas las instituciones en la que se expresa y se actúa en la vida social .”

                           ( Juan XXIII, Encíclica Madre y Maestra )

SOLIDARIDAD DE LAS PERSONAS

La persona humana es sujeto de la solidaridad, que consiste en la igualdad de todos los hombres, sin distinción de raza, sexo, color, religión, origen social o nacionalidad, y de la naturaleza intrínseca social del hombre.

 Cada persona debe respetar los derechos de los demás, el interés del bien común debe estar por encima de los intereses individuales.

 “Al ser los hombres por naturaleza sociales, deben vivir los unos con otros y procurar unos el bien de los demás. Por eso, una convivencia humana bien organizada, exige que se reconozcan y respeten los derechos y deberes mutuos.”

 Por naturaleza el hombre es un ser social, busca vivir en sociedad con otras personas y alcanzar el pleno desarrollo de su personalidad. El papel de cada persona es irremplazable.

 El primer núcleo es la familia, asociación primaria y punto de partida para la vida social. La familia fundada sobre el matrimonio contraído libremente, es y debe ser considerada como el núcleo primario y natural de la sociedad.

 Para lograr la satisfacción de las necesidades materiales y espirituales, la persona humana practica la tendencia de asociación, para así poder superar las dificultades que pueden presentarse al hombre individual y aislado. Así el hombre busca otro tipo de asociación con fines económicos, políticos, sociales, deportivos, religiosos, profesionales, etc.

EXIGENCIAS DE LA SOCIEDAD.

 La tendencia natural del hombre a llevar una vida social hace necesaria la formación de grupos superiores y diversas formas de convivencia, tanto en el aspecto social como jurídico.

 Cuando los grupos sociales forman grandes conglomeraciones, surgen los conflictos y por encima de esos intereses debe existir el bien de la comunidad, que no es la suma aritmética de los interés individuales, sino el Bien Común.

 Para buscar el bienestar de sus miembros se crean las asociaciones, de ahí se busca una sociedad más amplia para garantizar los derechos de cada persona, armonizar sus actividades y promover el bienestar general: a esto llamamos SOCIEDAD CIVIL.

 La sociedad civil es natural, integra a personas y asociaciones, tiene un carácter especial, busca la satisfacción de las necesidades. Para su eficacia, su armónico desarrollo y durabilidad debe gozar de una autoridad superior.

 El pueblo, por un consentimiento formal o virtual, designa o elige las personas que asumen la autoridad y forma de gobernar la sociedad.

 La ley suprema, el fin y razón fundamental del Estado y la sociedad debe ser el garantizar el bien común. El bien común es el conjunto de condiciones sociales que favorecen el desarrollo integral de las personas humanas, debe alcanzar a todo el hombre y a todos los hombres, tanto en las necesidades materiales como espirituales.

 “Todos los hombres y todas las entidades intermedias tienen la obligación de aportar su contribución específica a la prosecución del bien común.

Esto comporta el que persigan sus propios intereses en armonía con las necesidades de los demás y contribuyan al mismo objeto con las prestaciones – en bienes y servicios-, que las legítimas autoridades establecen.”

 En conclusión, la persona humana es la base fundamental de la Doctrina Social Cristiana.

EL TRABAJO

El trabajo es un deber, además un derecho que asiste a todas las personas humanas , debe ser valorado o tratado como una expresión humanista, no como una mercancía.

El trabajo debe ser considerado como la expresión de un servicio que se hace en función del bienestar de la sociedad.

 Uno de los principales tesoros que tenemos los hombres es el poder poner nuestras facultades intelectuales, corporales y morales al servicio del trabajo productivo. Por eso, todas las riquezas acumuladas en las naciones son el fruto de generaciones de hombres y mujeres que han contribuido con sus esfuerzos al progreso de toda la humanidad.

 El trabajo tiene supremacía sobre la producción y el capital, porque es el esfuerzo humano; por tanto no puede permitirse que existan trabajos inhumanos.

 Es la misma naturaleza humana la que le confiere al hombre el derecho al trabajo. Sin embargo, los sistemas que tenemos han creado el desempleo, que lleva a muchas personas a la degeneración, especialmente jóvenes que se sienten frustrados por no poder trabajar, aún teniendo deseos y necesidad de un trabajo que les sirva para el sustento, de ahí surgen problemas como el consumo de drogas, o la prostitución.

 Con los adelantos de la ciencia y la tecnología hemos venido contemplando la división del trabajo. El primer paso fue la división profesional y en los oficios; la segunda etapa ha sido la división técnica dentro de los talleres y fabricas; ahora nos encontramos con una nueva división, que consiste en los trabajo de informática, trabajo mecanizado, y por otra parte el trabajo en el sector informal, que no tienen protección legal, jurídica, ni de seguridad social.

 La retribución que se hace al trabajo, como es el salario, la remuneración, no es justa, pues no alcanza para enfrentar el alto costo de la vida. Aunque en algunos lugares se cumplen las leyes establecidas, aún así no es justo, porque no sirve para tener lo elemental para la subsistencia humana.

El trabajo debe ser valorado por lo que es, en sólo por lo que produce. En la sociedad actual no se valora el trabajo como una expresión humanística, sino por su capacidad de producir bienes o servicios.

 Todos los sectores progresistas deben unificar sus esfuerzos, junto con el Estado y los empleadores, para crear nuevas fuentes de trabajo, para que cada trabajador pueda realizarse como persona, ejerciendo el sagrado derecho de trabajar.

JUSTICIA SOCIAL

 La justicia es el hábito o la virtud de dar a cual lo que le pertenece, lo que le es debido; es la firme y perseverante voluntad de conceder lo que se debe, restituir lo que es suyo, respetando el derecho ajeno.

 Es una aspiración que debe fotalecerse con las buenas costumbres, concediendo el derecho que tiene cada persona para reivindicar lo suyo.

 La justicia implica igualdad entre demanda y satisfacción, el que debe y lo recibe, la deuda y el pago.

 La justicia debe tener tres elementos básicos:

 1.- El provecho del otro, que es el que tiene derecho a pedir una prestación y el que está obligado a pagar.

 2.- Limitarse a lo que es debido.

 3.- La equivalencia entre la exigencia y la satisfacción entre lo pedido y lo concedido.

 La realización de estos principios es lo que comúnmente llamamos “ acto de justicia”.

 Existen tres clases de justicia. Las dos primeras pertenecen a lo particular, que son:

 1.- La justicia conmutativa

 2. La justicia distributiva.

La otra es de aspecto general, que es:

 3.- La Justicia Social.

JUSTICIA COMUTATIVA:

Es la que rige las relaciones del derecho de cada persona o grupo particulares; puede ser relativa a la vida, bienes corporales, trabajo, salario, etc.

Tiene como base la igualdad absoluta.

 ° En la justicia conmutativa se busca la equivalencia en las relaciones, entre personas o grupos; reclama una igualdad absoluta, estricta y perfecta: puede ser sobre el pago total de una deuda, el establecimiento de un salario real como compensación al valor del trabajo realizado, es para buscar un equilibrio perfecto.

 Esta clase de justicia abarca también a los servicios, la reputación de las personas o grupos, los bienes espirituales, morales y la propiedad, se trata de la condición primaria de la vida social del hombre.

JUSTICIA DISTRIBUTIVA:

 Es la que rige las relaciones de reparticiones de bienes y cargas entre los miembros de la sociedad.

Tiene como base la distribución de bienes y responsabilidad de las personas.

La justicia distributiva busca que la sociedad reparta proporcionalmente los beneficios y las cargas entre sus miembros, basándose en los siguientes elementos:

° La autoridad de la sociedad que son los representantes del Estado, los jefes de familias y de las empresas, quienes deben tener una relación de responsabilidad como tales.

 ° La obligación de la justicia distributiva indica un reparto de los beneficios y las cargas de la vida común; esos beneficios deben traducirse en cargas fiscales, subsidios familiares, seguridad social, que son concedidos para la protección de cada cual, respetando la protección que conceden las leyes.

 ° En este caso la igualdad no es aritmética, sino proporcional, de acuerdo a los méritos, en el reparto equitativo en la distribución de la renta nacional, la conservación de los recursos naturales y un equilibrio entre las clases sociales.

JUSTICIA SOCIAL

Es la que rige las relaciones entre los miembros de la sociedad, buscando el bien de la comunidad.

La justicia social busca el bien común de la sociedad, por encima de cualquier interés particular o individual.

Esta clase de justicia abarca el aspecto general, legal y social. Orienta a todos al bien general de la sociedad, enseña al individuo a privaciones para el bien de la comunidad, deja lo particular por la solidaridad de todos los demás, invitando al sacrificio individual para el servicio de la sociedad.

La justicia social abarca a la justicia legal, que es el resultado de las legislaciones positivas impuestas por los organismos de autoridad pública, como es el Congreso, acompañados de las leyes naturales, que son el fundamento del orden jurídico; es complementada con la justicia penal, que es la aplicación de las decisiones de los tribunales competentes al pronunciamiento de una condena.

El origen de la justicia social es relativamente nuevo, en comparación con las mencionadas anteriormente. Nace a partir de la Revolución Industrial, como forma de detener los abusos y excesos del capitalismo y el liberalismo frente a los trabajadores y sus familiares, para enfrentar el desenfreno del individualismo.

La justicia social no es la suma de los bienes particulares, sino el bienestar de la sociedad, es una orientación armónica de los miembros de la comunidad, que se logra con la responsabilidad y el esfuerzo común, con pleno desarrollo de los valores y principios humanos.

EL BIEN COMUN

Etimológicamente, la palabra viene del latín : “bonun ( bien) commune             ( común). Entre las diversas definiciones se puede iniciar con, lo que muchos aspiran con anhelo, lo que se encomienda a muchos, de manera que cada uno tiene que aportar una parte a la realización del mismo.

El bien común es el conjunto de condiciones, de variado orden, que favorecen y permiten el desarrollo integral de la personalidad humana.

“ El bien común es la convivencia de la vida humana de la multitud de personas; su comunicación es el bien vivir. Es, pues, común al todo y a las partes sobre las cuales se difunde y que con él pueden beneficiarse.”

                                     Jacques Maritain

Dentro de la Doctrina Social Cristiana la declaración del concepto está en el bien común, es el fin de la sociedad y del Estado, y tiene la justicia social como instrumento para alcanzarlo; además índica que se deben crear las condiciones y el ambiente, para que cada ser humano pueda desarrollarse en el orden familiar, cultural, social, político y económico. 

Ni los partidos políticos, ni los gobiernos pueden suplir el esfuerzo y la responsabilidad personal de cada ciudadano; estos instrumentos pueden ayudar a crear mejores condiciones, pero siempre se requerirá al talento de cada ser humano para buscar la superación personal y colectiva.

El bien común es superior al bien individual, porque el último comprende el bien de una persona y el primero el bien de la comunidad; también es superior a la suma de los bienes individuales, porque las condiciona a todos.

Así como la sociedad está al servicio de la mayoría de las personas que la integran, el bien común debe estar al servicio del bien de las personas, representado por la justicia, la prosperidad y la seguridad.

El bien común es público, no privado; es social, no individual; es universal, no particular; es común a todos los hombres, no es propio de grupos minoritarios.

El bien común tiene una serie de características, entre las que pueden citarse como fundamentales: su universalidad, flexibilidad o plasticidad y su dinamismo.

UNIVERSALIDAD: El bien común debe servir al desarrollo de toda persona humana; no es para lograr privilegio para algún sector en particular, pero protege a los más débiles para su elevación material y espiritual, integrando los valores humanos.

Su fecundidad y virtud no se determina en el número de beneficiados, es siempre creciente, integra los elementos de orden económico, político, cultural, social y espiritual.

FLEXIBILIDAD O PLASTICIDAD: El bien común es susceptible a las adaptaciones de acuerdo a la realidad concreta de cada sociedad.

No es un modelo definitivo, requiere de un esfuerzo permanente y continuo de creatividad. Es siempre perfectible, debe ir junto al progreso general de la humanidad.

DINAMISMO: El bien común es siempre ascendente y progresivo, busca elevar el nivel de cada sociedad o estado, tiende a buscar un mejor provenir con el principio de superación.

Existen dos tipos de bienes: materiales y espirituales.

a) Los bienes materiales o útiles, los encontramos en la técnica, la suficiencia y en las instituciones.

b) Los bienes espirituales están en la inteligencia, por medio de la ciencia, la filosofía y en la religión; en las acciones y la voluntad, que se encuentran por medio de la paz y la justicia.

Para la aplicación practica del bien común deben reconocerse los valores espirituales, dentro de la jerarquía de los bienes sociales; reconocer la familia como la célula social básica, que promociona al hombre para participar en la vida social.

Se requiere de una técnica para enfrentar los problemas, conflictos e intereses que surgen en la sociedad; El bien común lucha también contra los vicios que perjudican a las personas, como son el juego, alcoholismo, drogas, prostitución, corrupción, la malversación de fondos del pueblo, etc.

En la encíclica “ Madre y Maestra”, el Papa Juan XXIII expuso las exigencias prácticas del bien común en el plano nacional.

° Trabajo al mayor número posible de obreros.

° Mantener un equilibrio entre precios y salarios, para evitar privilegios sociales.

° La mayoría de los ciudadanos deben beneficiarse de la cultura.

° Buscar un equilibrio económico entre la agricultura, la industria y los servicios.

° La autoridad pública debe mejorar los servicios generales.

° La producción económica debe ajustarse a los avances de la ciencia.

° Deben preverse los progresos para las próximas generaciones.

El Bien común es uno de los factores principales de la Doctrina Social Cristiana.

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José Gómez Cerda

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José Gómez Cerda. Social Cristianismo

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